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Reconoce INAI fallo de la SCJN a favor del derecho de acceso a la información sobre proyectos y obras del gobierno federal

+ Horas más tarde el Presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario de la Federación un nuevo decreto, con nueva redacción pero con los mismos fines, “Seguridad Nacional”.

 

Luis Serieys Zárate

Ciudad de México

18/05/2023

 

 

Mientras diversos sectores de la población felicitaban a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por darle “para atrás” el decreto que impedía acceder a la información sobre las obras insignia del Gobierno Federal, el Presidente Andrés Manuel López Obrados, en una “esperada” contraofensiva, publicó un nuevo decreto que “blinda” por Seguridad Nacional, nuevamente, la información de sus mega obras.

 

Al respeto el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso la Información y Protección de Datos Personales (INAI) reconoció el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determina la invalidez del Acuerdo por el que se declaran como de seguridad nacional e interés público los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2021.

 

En este caso, el fallo de la Corte deja a salvo el derecho de la sociedad a conocer y acceder a toda la información relacionada con los proyectos y obras a cargo del Gobierno, lo cual permitirá monitorear su desarrollo y vigilar que el gasto público se lleve a cabo de manera eficaz y eficiente.

 

El 10 de diciembre de 2021, el INAI interpuso ante la SCJN una controversia constitucional (217/2021), al advertir que dicho Acuerdo realizaba una reserva anticipada y generalizada de la información relacionada con los proyectos u obras del Gobierno federal, hecho que vulneraba el derecho a saber de la sociedad.

 

Además, señaló que el Acuerdo ampliaba el concepto de seguridad nacional y alteraba los supuestos de excepción para la reserva de la información pública.

 

Por tanto, el Instituto concluyó que existía una posible violación al derecho de acceso a la información, previsto en el artículo 6º de la Constitución mexicana, así como a las facultades del INAI, pues si bien la seguridad nacional y el interés público son causales de reserva o clasificación de la información, lo cierto es que se debe analizar caso por caso y elaborar la prueba de daño correspondiente.

 

Al resolver el asunto, el Pleno de la SCJN determinó, por mayoría, que el Acuerdo impacta el derecho a saber y contraviene la facultad del INAI para delimitar los alcances de la seguridad nacional y el interés público, al situar toda la información generada en el desarrollo de obras y proyectos referidos dentro de la aplicación del supuesto de reserva.

 

Finalmente, puntualizó que el acuerdo transgrede el principio de transparencia y el derecho de acceso a la información en su dimensión colectiva, pues dificulta el cumplimiento de las obligaciones de transparencia de las autoridades, imposibilitando el control ciudadano del actuar público.

 

Así, la SCJN concluyó que este hecho menoscaba la facultad del INAI de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia.

 

Contraofensiva Presidencial, Nuevo Decreto de Seguridad Nacional

 

Y mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación recibía felicitaciones desde todos los sectores sociales por su decisión mayoritaria a favor de la transparencia, el Presidente Andrés Manuel López Obrador, horas más tarde en una contraofensiva contra la transparencia, publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo decreto sobre Seguridad Nacional en obras de transporte.

 

Este nuevo decreto con una redacción un poco diferente al anterior, vuelve a “blindar” de la transparencia a las “obras insignia” del Gobierno Federal como el tren Maya y el proyecto Interoceánico con el argumento de que su ejecución es de Seguridad Nacional.

 

El único artículo del decreto a la letra dice “Son de Seguridad Nacional y de Interés Público la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transporte, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo tanto del Tren Maya como del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, los aeropuertos de Palenque, Chiapas, de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo, en los términos expresados en la parte considerativa de este decreto”.

 

En la argumentación a la que se refiere el decreto, el Consejo de Seguridad Nacional hace efectiva su obligación de considerar como de Seguridad Nacional las obras que a decir del Presidente son estratégicas por realizarse en estados colindantes, por su ubicación estratégica en la lucha contra el narcotráfico y por estar en límites con Guatemala y Belice, entre otros argumentos.

 

serieys@hotmail.com

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