EN OPINIÓN
Libertad de expresión y censura jurisdiccional.
Lic. Moisés Torres Salmerón.
La libertad de expresión constituye una piedra angular del orden democrático constitucional. Este artículo analiza el uso desviado de mecanismos jurisdiccionales para inhibir el escrutinio ciudadano sobre representantes populares, particularmente en casos donde se invoca la figura de violencia política de género como fundamento para imponer sanciones a expresiones críticas.
El estudio advierte sobre la consolidación de un patrón institucional que erosiona el pluralismo político, distorsiona el principio de responsabilidad pública y vulnera los estándares constitucionales e interamericanos en materia de derechos fundamentales.
La creciente judicialización de la crítica política en México plantea un desafío urgente para la democracia constitucional. Diversas resoluciones jurisdiccionales han adoptado una interpretación expansiva del concepto de violencia política de género, sancionando expresiones ciudadanas dirigidas a cuestionar el actuar de figuras públicas, muchas de ellas vinculadas a partidos en el poder. Esta práctica, lejos de fortalecer derechos, parece estructurarse como una técnica de silenciamiento institucional, cuyo análisis demanda rigor técnico y claridad argumentativa.
El artículo 6º constitucional, en armonía con los artículos 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, reconoce el derecho de toda persona a emitir ideas sin temor a represalias, particularmente cuando dichas ideas versan sobre asuntos públicos. De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los funcionarios públicos deben demostrar una mayor tolerancia frente al escrutinio social, en razón de su exposición y responsabilidad democrática.

La violencia política de género fue concebida como un mecanismo de protección frente a conductas que excluyen o denigran a las mujeres en el ejercicio de sus derechos político-electorales. No obstante, su aplicación descontextualizada para sancionar expresiones críticas legítimas supone un uso desviado del derecho sancionador, que contraviene el principio de legalidad, el test de proporcionalidad y el deber estatal de maximizar el debate público.
Imponer sanciones por manifestaciones políticas sin evidencia de daño real, ni análisis del contexto deliberativo, constituye un acto de censura institucional que vulnera el estándar de necesidad previsto en el sistema interamericano.
El uso reiterado de resoluciones judiciales que ordenan disculpas públicas, eliminación de contenidos y asistencia obligatoria a cursos de reeducación evidencia un patrón preocupante. En lugar de constituir garantías de reparación y no repetición, estas medidas pueden operar como instrumentos de intimidación y disciplinamiento ciudadano, configurando un desvío de poder por parte de autoridades que deberían actuar como garantes de derechos.
La censura jurisdiccional en contextos político-electorales debilita los pilares de la democracia deliberativa, inhibe la participación ciudadana y otorga un manto de impunidad discursiva a actores de poder. En consecuencia, urge reencauzar la interpretación de normas sancionadoras, priorizando el principio pro persona, la dimensión colectiva del derecho a opinar y la centralidad del pluralismo político como valor constitucional.
El uso desviado del aparato jurisdiccional para limitar el ejercicio de la libertad de expresión en contextos políticos constituye una amenaza estructural al orden constitucional democrático. La defensa de este derecho exige no solo un posicionamiento doctrinal firme, sino también una revisión crítica de las prácticas judiciales que, bajo el disfraz de protección, consolidan dinámicas regresivas.
Las instituciones del Estado mexicano deben abstenerse de operar como mecanismos de censura partidista y reafirmar su papel como garantes del debate libre, abierto y plural.
Denuncia en desdeabajo Noticias!
¿Conoces o tienes fotos y videos de algún acto de posible negligencia, corrupción y abuso de autoridad? Mándalo al WhatsApp: de desdeabajoNoticias: 7443262471. ¡Compártelo! Nosotros le damos seguimiento.
Síguenos también en Twitter: @Yae31099C en Facebook: DesdeabajoAca:https://www.facebook.com/profile.php?id=1000636239783