El presunto arreglo matrimonial de Gael y Celia, niños de 13 años de edad causó indignación porque es el ejemplo de abuso de las infancias disfrazadas de usos y costumbres de algunas comunidades rurales.
Redacción…
23/02/2025
Acapulco, Gro.
Gael y Celia, dos jóvenes de presuntamente 13 años fueron los protagonistas de un arreglo matrimonial que se desarrolló en medio de una fiesta realizada en la localidad de Huamuchitos, zona rural de Acapulco.
Este domingo, a través de transmisiones en vivo por Facebook, se dio a conocer que ambos jovencitos fueron presentados a la sociedad como una pareja próxima a contraer nupcias.
En las imágenes se observa a ambos jóvenes saludar, convivir con los invitados y recorrer sus calles sin pavimentar junto a otros niños, tomados de la mano.
El presunto arreglo matrimonial de Gael y Celia, niños de 13 años de edad causó indignación porque es el ejemplo de abuso de las infancias disfrazadas de usos y costumbres de algunas comunidades rurales.
En el caso de los padres de Gael y Celia, estos habrían llegado a un común acuerdo en el que se avaló que ambos niños inicien una vida conyugal, lo que traería como consecuencia que ambos jóvenes lleguen a dejar sus estudios para adquirir las responsabilidades de personas adultas.
Por este presunto arreglo matrimonial, ciudadanos han solicitado que se inicie una investigación por el delito de cohabitación forzada, en el que pueden intervenir la Fiscalía de Guerrero, DIF Estatal, Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de Acapulco, Secretaría de la Mujer o la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
La ley 182 para la protección de los derechos de los niños y adolescentes del estado de Guerrero, estipula que se debe procurar la protección integral de niñas, niños y adolescentes, prestar asesoría y representación en suplencia a niñas, niños y adolescentes involucrados en procedimientos judiciales o administrativos, coordinar la ejecución y dar seguimiento a las meddas de protección para la restitución integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, a fin de que las instituciones competentes actúen de manera oportuna y articulada.
Asimismo, fungir como conciliador y mediador en casos de conflicto familiar, cuando los derechos de niñas, niños y adolescentes hayan sido restringidos o vulnerados, conforme a las disposiciones aplicables, denunciar ante el Ministerio Público, aquellos hechos que se presuman constitutivos de delito en contra de niñas, niños y adolescentes; solicitar al Ministerio Público competente la imposición de medidas urgentes de protección especial idóneas, cuando exista un riesgo inminente contra la vida, integridad o libertad de niñas, niños o adolescentes, quien deberá decretarlas a más tardar, durante las siguientes tres horas a la recepción de la denuncia, entre otras.
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