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Fortalece CDHCM conocimientos del personal de salud en materia de voluntad anticipada

+ El Incumplimiento, la Disponibilidad y la Calidad factores importantes en la aplicación de la voluntad anticipada: Nashieli Ramírez

 

Ciudad de México

12/07/2023

 

El proceso a través del cual las personas ejercen su derecho a expresar su Voluntad Anticipada, previo ejercicio también de su derecho al Consentimiento Informado no está exento de violaciones al Derecho a la Salud, señaló la presidenta de la CDHCM, Nashieli Ramírez.

 

El problema, explicó, es debido a la falta de cumplimiento de sus elementos, especialmente la Accesibilidad (por No Discriminación e Información) y de Aceptabilidad (por pertinencia cultural y de género).

 

La Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández, durante la Conferencia Magistral “Voluntad Anticipada”, destacó que el incumplimiento ,la Disponibilidad y la Calidad, son todos elementos interrelacionados, además de responsabilidades administrativas, que pueden configurarse como responsabilidades penales para las personas servidoras públicas en el ámbito de la salud.

 

Y es que, subrayó que, de acuerdo con los tribunales jurisdiccionales, los establecimientos de salud son espacios en los que podrían configurarse violaciones graves a derechos humanos, como la tortura o tratos crueles, inhumanos y degradantes.

 

Dijo que, a nivel nacional, 7 de cada 10 personas consideran que es necesario discutir y reglamentar sobre Voluntad Anticipada; mientras que en la Ciudad de México la proporción es de 8 de cada 10 personas que opinan de esa manera.

 

Al dirigirse al personal de Salud de la Red Hospitalaria de la Ciudad de México, así como de 17 entidades del país -vía Zoom-, la Defensora insistió en retomar los elementos esenciales del Derecho a la Salud, en la medida en que la Voluntad Anticipada requiere del Consentimiento Informado.

 

Agregó que el Derecho al Consentimiento Informado es un elemento constitutivo de la práctica médica en cualquier momento del ciclo de vida de las personas, y que el Derecho a la Voluntad Anticipada -basada en el Derecho a la Muerte Digna- es reconocido en el marco normativo de la Ciudad de México, exclusivamente al ser diagnosticada una enfermedad terminal.

 

Con base en lo anterior, dijo que, desde un enfoque de derechos humanos, la Voluntad Anticipada debe entenderse como un medio para la garantía de los derechos relacionados con la autonomía personal, donde su ejercicio va de la mano con el del Derecho a la Información y que es parte del cumplimiento del Derecho a la Salud.

 

Externó que al identificar la Voluntad Anticipada como habilitante de derechos humanos, se otorga un nivel mayor de protección a todas las personas para ejercerlo y eleva la responsabilidad a las personas servidoras públicas para respetarlos y garantizarlos.

 

La Ombudsperson capitalina puntualizó que el papel del área jurídica en los Hospitales de la Red pública de Salud local es brindar asesoría y orientación legal a pacientes y a los servidores públicos, para establecer y aplicar la Voluntad Anticipada bajo los estándares del Consentimiento Informado, dado su responsabilidad al resolver sobre los procedimientos necesarios para la protección del Derecho a la Salud.

 

En su exposición, Ramírez Hernández se refirió también a los derechos al Consentimiento Informado y la Voluntad Anticipada en el caso de las niñas, niños y adolescentes (NNyA), de las personas con discapacidad, y de personas pertenecientes a otros grupos de atención arioritaria, de acuerdo con el marco normativo de esta Ciudad.

 

En tanto, la Secretaria de Salud de la Ciudad de México, Oliva López Arellano, agradeció a la CDHCM por abrir este espacio de reflexión sobre la Voluntad Anticipada, como parte del Derecho Humano a la Salud, pero también como una expresión de amor a la vida y respeto a la dignidad.

 

En este contexto, dijo, es fundamental el papel que desempeña el personal de salud en la garantía de este derecho plasmado en el Artículo 6º de la Constitución Política de la Ciudad de México, en el cual la vida digna contiene implícitamente el Derecho a la Muerte Digna.

 

La Ciudad de México, destacó, es pionera en garantizar derechos ya que entre 2018 y lo que va de 2023, más de 9 mil personas firmaron la Voluntad Anticipada.

 

Por ese motivo es importante redoblar esfuerzos para garantizar que ninguna persona se vea limitada por su edad, sexo, orientación sexual, origen étnico, condición económica o social al momento de hacer valer este derecho.

 

López Arellano consideró que es obligación de las y los servidores públicos de la salud trabajar para erradicar las desigualdades sociosanitarias que se expresan de muy diversas formas; pero una de ellas es la diferencia al morir.

 

La Secretaria de Salud capitalina apuntó que el objetivo del encuentro fue trabajar con el personal de salud para fortalecer sus conocimientos y sensibilizarlo para brindar un trato digno a cada persona. La dependencia a su cargo, subrayó, está comprometida en acompañarlas y respetarlas, a fin de que pueden decidir libremente qué pasará al final de sus vidas.

 

La Conferencia Magistral contó con la participación de 400 personas de 17 entidades a través de Zoom y 140 de manera presencial, en la Sala Digna Ochoa y Plácido de la CDHCM, que forman parte del personal de salud en 10 hospitales de la Ciudad de México, así como de instituciones educativas.

 

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