+ María del Carmen Nava Polina, comisionada del INFOCM, precisó que las concejalías tienen la responsabilidad de supervisar y evaluar las acciones de gobierno de la demarcación.
Ciudad de México
19/06/2024
El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFOCM) instruyó a la alcaldía Álvaro Obregón para que entregue información sobre las licencias que presentaron las Concejalías de la demarcación.
Durante la Vigésima Primera Sesión Ordinaria, el Pleno del organismo garante local revocó la respuesta de la demarcación y le instruyó emitir una nueva en un plazo máximo de 10 días hábiles; además, la respuesta deberá ser generada después de turnar la solicitud a todas las áreas administrativas competentes, así como informar a la persona recurrente sobre la nueva respuesta a través del medio de notificación que señaló en el medio de impugnación.
Al posicionar el recurso INFOCDMX.RR.IP.1553/2024, en contra de la alcaldía Álvaro Obregón, María del Carmen Nava Polina, Comisionada Ciudadana del INFOCM, precisó que la información solicitada es crucial para que la sociedad pueda conocer y evaluar las acciones y justificaciones de las personas integrantes del Concejo de la demarcación que participaron en actividades de campaña, para asegurar así que cumplan con las normativas y procesos establecidos.
En el recurso, que fue aprobado por unanimidad, una persona solicitó información sobre los trámites realizados por las y los miembros del Concejo para separarse de las actividades que realizan como personas servidoras públicas con motivo de participar en el proceso electoral, ya sea para buscar la reelección o para competir por otro cargo de elección popular.
También pidió saber cómo justifican las personas concejales su participación en actividades de proselitismo electoral, cuántas pidieron licencia y cuántas buscaban la reelección.
Como respuesta, la demarcación territorial se declaró incompetente para entregar esa información y orientó a la persona para que presentara su solicitud ante el Congreso de la Ciudad de México.
La respuesta emitida por el sujeto obligado motivó el agravio de la persona solicitante de información quien presentó un recurso de revisión ante el Colegiado.
Nava Polina detalló que el caso es relevante porque trata sobre la transparencia y la rendición de cuentas de las autoridades electas en el contexto de un proceso de votación, ya que “en las pasadas elecciones del 2 de junio más de 5 millones de personas acudimos a las urnas en la Ciudad de México para elegir, además de los otros cargos del ámbito federal y local, a quienes ocuparán 204 concejalías; 121 de mayoría relativa y 83 de representación proporcional. Para su designación, el 60% se designa por el principio de mayoría relativa y el 40% por el principio de representación proporcional.
Dada su conformación plural, la idea es que las concejalías actúen como un equilibrio necesario en la administración local, a través de la vigilancia y la supervisión de las acciones gubernamentales”.
La Comisionada explicó que de acuerdo al análisis realizado por su ponencia, se determinó que la alcaldía era competente para responder la solicitud. Esta conclusión se basa en las responsabilidades asignadas a diversas unidades administrativas del sujeto obligado, como la Secretaría Técnica del Concejo, que podría tener acceso a la información solicitada al ser el área encargada de recibir solicitudes de licencia que presenten las Concejalías ya que la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México establece que las personas integrantes del Concejo forman parte de la alcaldía y no así del Congreso de la Ciudad de México, como lo refiere en su respuesta.
Al no turnar la solicitud a todas sus áreas competentes y al declararse incompetente, la demarcación territorial no cumplió con los principios de congruencia, exhaustividad y máxima publicidad. Por lo tanto -dijo- se considera que la persona tiene razón en su queja.
La Comisionada precisó que las concejalías tienen la responsabilidad de supervisar y evaluar las acciones de gobierno de la demarcación, controlar el ejercicio del gasto público y aprobar el proyecto de presupuesto de egresos de la alcaldía. También pueden opinar sobre cambios en el uso de suelo, avalar las propuestas de la persona titular de la demarcación y vigilar el buen desempeño de los planes de gobierno, entre otras atribuciones.
Por tal motivo es crucial que las personas conozcan quiénes son sus representantes, ya que esta información les permite participar en la vida política de su comunidad, exigir cuentas y asegurarse de que sus necesidades y preocupaciones sean escuchadas y atendidas, subrayó Nava Polina