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INFOCM instruyó a la SSC informar sobre personas sentenciadas por delitos federales recluidas en centros locales

+ También, deberá entregar los convenios que, en esa materia, se tienen entre el gobierno Federal y el capitalino, precisó María del Carmen Nava Polina, Comisionada del INFOCM.

Ciudad de México

08/04/2024


La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) debe informar sobre el número de personas sentenciadas por delitos federales recluidas en centros locales, además de los convenios que, en esta materia, se tiene entre el gobierno Federal y el capitalino. Así lo instruyó el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFOCM).

Durante la Décimo Primera Sesión Ordinaria del año, el Pleno del organismo autónomo ordenó modificar la respuesta emitida por la SSC a un particular y emitir una nueva, en un plazo no mayor a 10 días hábiles; además, deberá turnar la solicitud a todas las unidades administrativas competentes, así como remitir la solicitud de información a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, para que también se pronuncie al respecto.

“El acceso a la información pública sobre la gestión de centros de readaptación social es crucial para la rendición de cuentas y también para la transparencia en materia de administración de justicia”, aseguró María del Carmen Nava Polina, Comisionada Ciudadana del INFOCM, al posicionar el recurso de revisión INFOCDMX/RR.IP.0643/2024 en contra de dicha dependencia.

En dicho recurso, cuya resolución se aprobó por unanimidad, una persona solicitó información sobre la existencia de convenios entre la Federación y el Gobierno de la Ciudad de México en esta materia; si había también personas condenadas bajo estas circunstancias; la capacidad, infraestructura y número de personas de los centros de rehabilitación, entre otros aspectos.

Como respuesta, el sujeto obligado se declaró imposibilitado de entregar datos respecto al número de personas por considerarla información reservada. Para los otros puntos -dijo Nava Polina- sugirió dirigir la solicitud a los Centros de Reclusión de la Ciudad de México.

No obstante, faltó que se proporcionara la respuesta sobre los convenios entre la Federación y el gobierno local, añadió la Comisionada. Por la omisión, la persona solicitante se inconformó ante el INFOCM y presentó un recurso de revisión. Después de llevar a cabo el análisis del caso, la ponencia de la Comisionada le otorgó la razón a la persona recurrente.

Nava Polina resaltó que este recurso destaca la intersección entre la justicia penal y los derechos democráticos, y su resolución enfatiza la necesidad de garantizar el acceso a la información pública, en particular sobre la gestión de los centros de reclusión y los convenios aplicables.

“El artículo 18 de la Constitución federal, permite a las personas sentenciadas cumplir condenas en centros ubicados lo más cerca posible a sus domicilios. Para facilitar esta medida, la Federación, los Estados y la Ciudad de México pueden coordinarse a través de convenios. El actor público con dicha competencia es la Jefatura de Gobierno, por lo que la solicitud de información también se le debió haber remitido a dicha instancia”, precisó.

La Comisionada detalló que, durante el estudio del caso se identificó que las entonces dependencias Secretaría de Seguridad Pública Federal y el Gobierno del Distrito Federal firmaron un acuerdo en esta materia en 2011. “Cabe subrayar que todos los convenios se consideran una obligación de transparencia, establecida en el artículo 121 de la Ley local.

“Consideramos que la Secretaría no realizó una búsqueda exhaustiva y razonable ya que tiene a su cargo la administración de estos Centros [los centros de reclusión de la Ciudad de México] a través de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario; es importante resaltar que, en la capital del país, más de 26 mil personas están en situación de reclusión, de las cuales mil 900 son mujeres.

“Es pertinente recordar que este año las personas en situación de reclusión sin sentencia podrán participar en el proceso electoral. A nivel nacional se estima que 50 mil personas en esta condición podrán ejercer su derecho al voto y, en la capital del país, más de siete mil personas en prisión preventiva podrían participar tanto en las elecciones federales como en las locales”, señaló.

La Comisionada Nava aseguró que la inclusión de estas personas en dicho proceso representa un progreso importante en el reconocimiento de sus derechos humanos, pero también plantea desafíos logísticos y administrativos para garantizar su ejercicio efectivo, ya que la mitad de ese segmento poblacional no cuenta con su credencial de elector actualizada.

De ahí la importancia de contar con iniciativas de co-creación que adquieren un valor especial, como la “Caja de Herramientas de Derechos Humanos y Derechos Político-Electorales” desarrollada en la Red Ciudad en Apertura, dirigida a las personas en situación de reclusión y coordinada por el equipo de Estado abierto del INFOCM, enfatizó Nava Polina.

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