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Ordena INFOCM a la alcaldía Xochimilco transparentar información sobre cantidad de topes en la demarcación

+ La principal función de los topes es controlar la velocidad de circulación de los vehículos en zonas donde el tránsito rápido puede resultar peligroso. Las alcaldías cuentan con atribuciones para su instalación y mantenimiento, mientras que la Secretaría de Movilidad es quien brinda la autorización respectiva: María del Carmen Nava Polina.


Ciudad de México

19/07/2024


Durante la vigésima sexta Sesión Ordinaria del Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFOCM), la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina solicitó el uso de la voz para posicionar el recurso de revisión INFOCDMX/R|R.IP.2768/2024, interpuesto en contra de la Alcaldía Xochimilco.

Ante el colegiado, expuso la importancia de este caso ya que se trata de una solicitud de información relacionada con infraestructura vial, en la que se pidió el número de topes existentes en las calles y avenidas secundarias de Xochimilco.

En su respuesta, la Alcaldía argumentó que no cuenta con un registro o base de datos sobre la información requerida. Sin embargo, la persona presentó un recurso de revisión ante este órgano garante, en la que se inconformó por la falta de fundamentación y motivación de la respuesta que recibió

Nava Polina precisó que, al examinar el caso, su Ponencia determinó que la Alcaldía Xochimilco es competente para responder la solicitud toda vez que, de acuerdo con su manual de administración, la unidad responsable de la construcción y mantenimiento de los topes es la Jefatura de Unidad Departamental de Pavimentación por Administración.

Por otra parte -añadió la Comisionada-, la respuesta inicial de la Alcaldía no fue suficiente, ya que no realizó una búsqueda exhaustiva en todas sus áreas competentes y no remitió la solicitud a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, que también podría tener la información requerida.

En su argumentación, explicó que la principal función de los topes es controlar la velocidad de circulación de los vehículos en zonas donde el tránsito rápido puede resultar peligroso, como en cruces peatonales sin semáforos, o en zonas de escuelas, hospitales y parques. Las alcaldías cuentan con atribuciones para su instalación y mantenimiento, mientras que la Secretaría de Movilidad es quien brinda la autorización respectiva.

“Los reductores de velocidad mejoran la seguridad vial, y son relevantes en áreas residenciales y zonas con alta actividad peatonal, pues facilitan el cruce de calles y reducen la probabilidad de atropellamientos. Esto es importante para las infancias, personas mayores y personas con discapacidad”, enfatizó.

La Comisionada destacó que, en la Ciudad de México, que cuenta con un parque vehicular de más de seis millones de vehículos según el INEGI, la necesidad de medidas que controlen la velocidad es crucial. Los datos a nivel nacional indican que la mayoría de las víctimas mortales de accidentes de tráfico son las que transitan de manera peatonal. Las últimas cifras de 2021 señalan que murieron 2 mil 536 personas por atropellamiento, un 18% del total de víctimas.

En cuanto a la accesibilidad, Nava Polina señaló que los reductores de velocidad, implementados de manera correcta, contribuyen a crear una infraestructura vial que considere las necesidades de todas las personas usuarias, incluso aquellas con movilidad reducida, ya que la normativa establece que los reductores deben ser de dos metros de ancho en vías primarias y de un metro en vías secundarias, con una altura de ocho centímetros.

Sin embargo -dijo-, muchos topes son colocados de manera improvisada, sin respetar estas medidas o sin contar con la autorización correspondiente. Aunque no hay registro exacto, en 2016 la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México calculó que en la capital había, al menos, 30 mil topes, de los cuales encontró más de 2 mil que no estaban regulados.

En suma, garantizar el acceso a la información sobre la ubicación y cantidad de reductores de velocidad permite a la sociedad conocer y evaluar la distribución de estos dispositivos, facilitan una mejor planificación y mejora en la seguridad vial. Esta información también permitiría diseñar políticas efectivas para canalizar los recursos de manera más eficaz y eficiente, y mejorar la calidad de vida de las personas, concluyó la Comisionada Nava Polina.

Por lo anterior, propuso a los integrantes del Pleno revocar la respuesta de la Alcaldía Xochimilco para que emita una nueva en un plazo máximo de 10 días hábiles.

 

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