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¿La ley del sistema nacional de seguridad pública, afectará la libertad de expresión?

Tumbando Caña

 ¿La ley del sistema nacional de seguridad pública, afectará la libertad de expresión?

Juan Antelmo García Castro

La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNSP), propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum, plantea la creación de un registro nacional de usuarios de telefonía móvil, misma que dará acceso total a las Instituciones de Seguridad Pública, las cuales podrán hacer uso de ella para “obtener datos de prueba”, a fin de combatir delitos como extorsión y secuestro…“Con el objeto de robustecer las investigaciones a cargo de las Instituciones de Seguridad Pública y, de ser necesario, obtener datos de prueba para las investigaciones que lleven a cabo, la referida agencia pondrá en operación una plataforma digital de usuarios de telefonía móvil”, señala la propuesta en la exposición de motivos…Para ello, se establece que los prestadores de servicios móviles de telecomunicaciones, por si o por medio de las empresas comercializadoras, estarán obligados a realizar el registro de alta de los titulares y usuarios de las líneas telefónicas móviles que operan en su red, e inhabilitar las líneas que no estén asociadas a una persona…La polémica ley también establece que los operadores móviles únicamente podrán activar las líneas telefónicas para operar en su red cuando estén previamente registradas, y que las Instituciones de seguridad pública contarán con los accesos necesarios al registro referido, “con la finalidad de realizar las consultas requeridas para el ejercicio de sus atribuciones, de conformidad con los lineamientos que emita el Secretariado Ejecutivo”…Sin embargo, como cualquier ley, puede generar preocupaciones sobre posibles efectos en otros derechos fundamentales, como la libertad de expresión…En este sentido, algunos de los aspectos que podrían generar controversia es sobre un posible atentado contra la libertad de expresión, ya que si la implementación de la ley involucra una recopilación masiva de datos o el monitoreo de comunicaciones de los ciudadanos, puede existir el riesgo de vulnerar el derecho a la privacidad y la libertad de expresión, que evidentemente podría dar lugar a censura o autocensura; por tanto, las personas podrían sentirse vigiladas y restringidas en su capacidad para expresar opiniones o realizar actividades legales…Además, algunas medidas de seguridad podrían incluir el control o supervisión de los medios de comunicación, especialmente en tiempos de crisis o situaciones de emergencia, que podría limitar el ejercicio libre y autónomo de los medios, provocando una reducción en el pluralismo informativo o en la cobertura de temas sensibles, si las autoridades deciden intervenir en las publicaciones…Por otra parte, en situaciones excepcionales como el Estado de Emergencia o el uso de fuerzas federales en ciertas regiones, podrían implementarse restricciones temporales que afecten la libertad de los ciudadanos para expresar opiniones, especialmente si hay limitaciones en la circulación de información en línea o en redes sociales…Es preciso subrayar que aun cuando la LGSNSP no parece tener como objetivo la limitación de la libertad de expresión, algunas de sus implicaciones en la práctica podrían generar incertidumbre, especialmente si no se respetan de forma adecuada los derechos humanos o si se exceden las medidas de seguridad.

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